Matriz Ejecutiva de Comparación Técnica
| Techo / Punto Objetivo | Altura Requerida de Apoyo / Plataforma | Clase de Equipo Recomendada |
|---|---|---|
| 2,60 m – 3,50 m | 0,60 m – 1,50 m | Escalera de Tijera (SPEV-B / SP8) o Plataforma Auxiliar |
| 3,80 m – 5,20 m | 1,80 m – 3,20 m | Plataforma de Almacén (SPP-EN) o Andamio Interior (SPMT) |
| 5,50 m – 8,50 m | 3,50 m – 6,50 m | Torre Móvil EN 1004 (SPTL / SPUL) o Escalera 3 Tramos |
| 9,00 m – 13,60 m | 7,00 m – 11,60 m | Torre Ancha EN 1004 con Estabilizadores Telescópicos |
1. La Regla Universal de +2,00 Metros de Alcance Ergonómico
En todos los catálogos EN 131 y EN 1004, la Altura Segura de Trabajo equivale al peldaño o plataforma más alto permitido más 2,00 m de alcance manual superior — mientras que la Altura Total de la Torre equivale a la Altura de Plataforma más ~1,0–1,2 m de barandilla.
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